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"Basura Cero"

  • gipssy
  • 16 nov 2022
  • 2 Min. de lectura

Por Ileana Rúveda


"La separación de residuos es una obligación legal a partir de la sanción de la Ley Nro.1854 “Basura Cero”, que está orientada a reducir progresivamente la cantidad de RSU que se entierran en rellenos sanitarios".


Para ello es necesario, so pena de multas al consorcio, tener habilitados los tachos correspondientes a cada tipo de RSU.


"La política que promueve el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a partir de la Ley 1.854 “Basura Cero” promulgada en enero de 2006 y reglamentada en mayo de 2007 respecto a gestión de los residuos sólidos urbanos, está orientada a la eliminación progresiva de los rellenos sanitarios.

Basura Cero plantea la adopción de medidas dirigidas a la reducción de la generación de residuos, la recuperación y el reciclado así como también la disminución de la toxicidad de la basura y la asunción de la responsabilidad del fabricante sobre sus productos.

La Dirección General de Reciclado creada por el Decreto 2075/07 forma parte de una política pública orientada a la implementación de la gestión integral de los residuos. En el marco del cumplimiento de la Ley 1.854 es el área responsable de incrementar los niveles de recuperación y reciclado de materiales producidos en la Ciudad.

Los objetivos principales que se están llevando a cabo son:

  • Concientizar a los vecinos y a los grandes generadores acerca de la necesidad de la separación en origen de residuos, diferenciando entre reciclables y basura.

  • Minimización de los residuos a enterrar mediante la consolidación de práctica de separación de materiales reciclables en origen.

  • Formalización e integración de los Recuperadores Urbanos en el circuito del servicio público de recolección diferenciada.

  • Garantizar los espacios necesarios para la disposición final, incorporando nuevas tecnologías.

  • Proyectos ambientales que contemplan la puesta en marcha de sistemas de recuperación y reciclado de residuos sólidos urbanos.

  • Aumento de los materiales que regresan como materia prima post consumo a la industria.

  • Contribuir al ordenamiento de la cadena de valor del reciclado.

Metas de reducción progresiva: Tomando como línea base la cantidad de1.497.656 toneladas de residuos enviados a relleno sanitario durante el año 2004.

  • 30% para el año 2010

  • 50% para el año 2012

  • 75% para el año 2017

  • Se prohíbe la disposición final de materiales tanto reciclables como aprovechables para el año 2020

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/residuos-domiciliarios


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